miércoles, 12 de noviembre de 2008

Elección de la forma juridica: Sociedad de responsabilidad limitada

Legislación Aplicable
  • Ley 2/1995, de 23 de Marzo de Sociedades de Responsabilidad Limitada.
  • Ley 19/1989, de 25 de Julio de reforma parcial y adaptación de la legislación mercantil a las directivas de la CEE en materia de sociedades.
  • Ley 7/2003, de 1 de abril, de la sociedad limitada Nueva Empresa por la que se modifica la Ley 2/1995, de 23 de marzo, de Sociedades de Responsabilidad Limitada.
  • Real Decreto legislativo 1564/1989 de 22 de Diciembre por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Sociedades Anónimas

Es una sociedad mercantil cuyo capital esta dividido en participaciones (iguales) que no pueden denominarse acciones. La responsabilidad de los socios se limita a lo aportado.

El numero de socios minimos es de 1 y el capital inicial minimo sera 3005,06€ que debe estar integramente desembolsado.

La transmisión de las participaciones a tercero requieren consentimiento previo de la Sociedad. Antes de repartir beneficio hay que constituir una reserva del 10% del beneficio hasta alcanzar el 20% del capital.

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